Programa radial Latín-a, “Problemas con la visa debido a la propagación del Covid-19 en Japón” explica el Lic. Marcos Nakashima. Además, otras informaciones y medias que viene tomando el gobierno japonés.
“PERSONAS QUE SON CONSIDERADAS PARA REINGRESAR A JAPÓN, con algunas consideraciones”.
“Residente permanente”:永住者 (EIJUSHA)
“Cónyuge de japonés”:日本人の配偶者等 (NIHONJIN NO AHIGUSHA)
“Cónyuge de residente permanente”:永住者の配偶者等 (EIJUSHA NO HAIGUSHA)
Si tiene un estado de residencia de “residente” 定住者 (TEIJUSHA)
Si saliste de Japón con un permiso de reingreso antes del 28 de abril, en principio es posible reingresar desde los 14 países sujetos a rechazo de entrada.
*Sin embargo, se excluye a las personas que salieron de Japón el 3 de abril o después y tuvieran un historial de haber permanecido en países a los que se le niega la entrada a Japón.
Por otro lado, si abandona el país después del 29 de abril (o después del 3 de abril para los países que estaban sujetos a la denegación de entrada), estará sujeto al rechazo de entrada en principio.
Cabe señalar que los “residentes permanentes especiales” no están sujetos a la denegación de entrada.